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En Gustto Napolitano, la pizza es sagrada. Respetamos los tiempos de fermentación, la calidad de la harina de fuerza y el calor preciso del horno de leña.
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RESEÑAS
BASES LEGALES DEL SORTEO
“VIAJE A NÁPOLES CON GUSTTO NAPOLITANO”
1. Empresa organizadora
La presente promoción está organizada por JL PERLADO HOSTELERÍA, S.L., con CIF B26611988 y domicilio social en Plaza Mayor, 15, Bajo – Plaza A, Local 20, 03600 Elda (Alicante) (en adelante, “la Empresa”), titular de GUSTTO NAPOLITANO.
La promoción tiene como finalidad promocionar los establecimientos GUSTTO NAPOLITANO y premiar la fidelidad de sus clientes.
2. Objeto del sorteo
El objeto de la presente promoción es el sorteo de un viaje a Nápoles para dos (2) personas, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases legales.
3. Ámbito de la promoción y participantes
La promoción se desarrollará exclusivamente a través de los establecimientos GUSTTO NAPOLITANO de Elche y Elda.
Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años y residentes en España que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
No podrán participar los empleados, administradores ni aquellas personas directamente implicadas en la organización o gestión de la promoción.
4. Duración
La promoción comenzará el 23 de Agosto de 2026 y finalizará al cierre del último servicio de comida o cena del 23 de Noviembre de 2026, ambos inclusive.
El sorteo se celebrará el 24 de Noviembre de 2026.
El resultado del sorteo será comunicado oficialmente el 26 de Noviembre de 2026 a través de los canales oficiales de GUSTTO NAPOLITANO.
No serán válidos los tickets emitidos fuera del periodo promocional indicado.
5. Mecánica de participación
Para participar en el sorteo será necesario:
- Realizar una consumición durante el servicio de comida o cena en cualquiera de los dos restaurantes GUSTTO NAPOLITANO participantes.
- La consumición deberá incluir al menos un plato principal de la carta de GUSTTO NAPOLITANO.
- No serán validos para participar los tickets correspondientes exclusivamente a bebidas, refrescos, cafés, postres, entrantes u otros consumos que no incluyan al menos un plato principal.
- Escribir de forma legible en el ticket de compra el nombre y número de teléfono de la persona participante.
- Depositar el ticket en la urna habilitada para el sorteo en el establecimiento.
Cada ticket original válido y correspondiente a una consumición diferente que reúna todos los requisitos anteriores equivaldrá a una (1) participación.
Una misma persona podrá participar tantas veces como desee durante el periodo promocional, siempre que cada participación corresponda a un ticket original y válido diferente.
Por tanto, cuantos más tickets válidos de consumiciones diferentes deposite una persona, mayores serán sus posibilidades de resultar ganadora.
El número de participaciones no dependerá del importe económico de cada ticket. Cada ticket válido equivaldrá a una única participación, independientemente del importe de la cuenta.
No serán válidos los tickets:
- Correspondientes exclusivamente a bebidas, refrescos, cafés, postres, entrantes u otros consumos que no incluyan al menos un plato principal.
- Fotocopiados o duplicados.
- Manipulados o alterados.
- Ilegibles.
- Emitidos fuera del periodo promocional.
- Que no contengan un nombre y un número de teléfono.
- Que no correspondan a una consumición efectivamente realizada.
- Obtenidos mediante el fraccionamiento artificial de una misma cuenta con la única finalidad de generar participaciones adicionales.
La participación en el sorteo no tendrá ningún coste adicional ni supondrá incremento alguno sobre el precio habitual de los productos consumidos.
La Empresa se reserva el derecho de comprobar la autenticidad y validez de cualquier ticket antes de declarar válida una participación
6. Premio
El premio consiste en un viaje a Nápoles para dos (2) personas, que será contratado y gestionado a través de una agencia de viajes designada o contratada por GUSTTO NAPOLITANO.
La empresa asumirá un importe máximo de hasta quinientos euros (500 €) destinado exclusivamente a la contratación de.
- Dos (2) billetes de avión de ida y vuelta a Nápoles.
- La promoción incluye exclusivamente la pizza. Cualquier bebida, entrante, postre u otro producto consumido deberá ser abonado por el ganador.
- Alojamiento en hotel durante dos (2) noches para dos personas.
La Empresa gestionará el viaje con la agencia correspondiente y acordará con el ganador las fechas y opciones disponibles para la realización del mismo.
El límite máximo asumido por GUSTTO NAPOLITANO será, en todo caso, de 500€.
Si el coste total de los billetes de avión de ida y vuelta y las dos noches de alojamiento seleccionados fuese inferior a 500 €, la diferencia restante:
- No será entregada al ganador en efectivo.
- No será reembolsable.
- No podrá canjearse por otros productos o servicios.
- No podrá acumularse ni utilizarse posteriormente.
- No dará derecho a compensación económica alguna.
Por tanto, los 500 € constituyen exclusivamente el límite máximo de gasto asumido por la Empresa para la contratación del viaje, y no un premio en metálico ni un saldo disponible a favor del ganador
Si, por decisión del ganador, las opciones seleccionadas implicasen un coste superior a 500 €, la diferencia será asumida íntegramente por el ganador.
Esto será aplicable, entre otros supuestos, cuando el incremento del precio se deba a:
- La elección de determinadas fechas de viaje.
- Cambios de fechas solicitados por el ganador.
- La elección de vuelos o tarifas aéreas de mayor importe.
- La elección de un hotel diferente o de categoría superior.
- La ampliación del número de noches de alojamiento.
- Mejoras de habitación.
- Inclusión de equipaje adicional.
- Incorporación de servicios adicionales.
- Cualquier otra modificación o mejora solicitada por el ganador respecto de las opciones disponibles dentro de un límite de 500 €.
En dichos casos, GUSTTO NAPOLITANO asumirá únicamente hasta un máximo de 500 €, debiendo el ganador abonar directamente la diferencia que corresponda de acuerdo con las indicaciones de la Empresa o de la agencia de viajes
La Empresa no estará obligada a asumir ningún importe que exceda del límite máximo indicado
El premio incluye exclusivamente los conceptos expresamente señalados en este apartado.
Salvo que se encuentren incluidos dentro de la contratación realizada por la agencia y dentro del límite máximo de 500€, quedan excluidos:
El ganador y su acompañante deberán disponer de toda la documentación personal necesaria y en vigor para viajar a Italia.
El premio será personal e intransferible respecto de la persona ganadora, que podrá elegir libremente a su acompañante.
El premio no podrá canjearse por dinero en efectivo ni sustituirse por otros productos o servicios.
La imposibilidad de disfrutar del viaje por circunstancias personales del ganador o de su acompañante, incluida la falta de documentación necesaria para viajar, no dará derecho a compensación económica ni a la sustitución del premio.
7. Fiscalidad del premio
El premio objeto de la presente promoción está sujeto a la fiscalidad vigente que resulte de aplicación.
JL PERLADO HOSTELERIA, S.L. asumirá las obligaciones fiscales que legalmente le correspondan como Empresa organizadora y otorgante del premio.
En particular, el ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que corresponda por la entrega del premio en especie será íntegramente asumido por la Empresa organizadora y no será repercutido al ganador.
En consecuencia, el ganador no deberá abonar a GUSTTO NAPOLITANO cantidad alguna en concepto de retención o ingreso a cuenta para poder recibir y disfrutar del premio.
La empresa, a través de su asesoría, realizará las declaraciones, comunicaciones, liquidaciones e ingresos tributarios que legalmente correspondan como consecuencia de la organización del sorteo y de la entrega del premio.
Para poder efectuar dichas gestiones, una vez seleccionado y aceptado el premio, el ganador deberá facilitar los datos identificativos y fiscales que resulten necesarios, incluyendo su nombre y apellidos completos y DNI/NIF.
La Empresa comunicará a la Administración Tributaria el premio en especie y el ingreso a cuenta efectuado en los términos establecidos por la normativa vigente y facilitará al ganador, cuando corresponda, el correspondiente certificado fiscal.
El premio recibido y el ingreso a cuenta efectuado por la Empresa podrán figurar posteriormente en los datos discales del ganador a efectos de su declaración del IRPF.
La asunción del ingreso a cuenta por parte de la Empresa se entiende sin perjuicio de las obligaciones tributarias personales que, atendiendo a sus circunstancias particulares y a la normativa vigente, pudieran corresponder al ganador.
8. Selección del ganador
Finalizado el periodo de participación, se reunirán los tickets válidos procedentes de los establecimientos GUSTTO NAPOLITANO de Elche y Elda.
Todos los tickets serán introducidos en una única urna o recipiente y serán mezclados previamente para garantizar que todas las participaciones válidas concurran al sorteo en las mismas condiciones.
El 24 de noviembre de 2026 se realizará una extracción manual y aleatoria de uno de los tickets participantes.
La extracción podrá realizarse en directo a través de uno o varios de los canales oficiales de GUSTTO NAPOLITANO.
Durante el sorteo se extraerán:
Una vez extraído el ticket ganador, la Empresa comprobará que este cumple todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Si el ticket ganador fuese inválido, estuviese manipulado, fuese ilegible o incumpliese cualquiera de las condiciones de participación, quedará automáticamente anulado y pasará a ocupar la posición de ganador el primer suplente cuyo ticket resulte válido.
La existencia de cualquier incidencia técnica que afecte exclusivamente a una eventual retransmisión en directo no invalidará el resultado del sorteo siempre que la extracción se haya realizado correctamente y con las garantías establecidas en las presentes bases.
9. Comunicación y aceptación del premio
Una vez realizadas las comprobaciones correspondientes, el resultado oficial del sorteo será comunicado el 26 de noviembre de 2026 a través de los canales oficiales de GUSTTO NAPOLITANO.
La Empresa contactará asimismo con el ganador utilizando el número de teléfono indicado en el ticket seleccionado
Para formalizar la aceptación deberá:
Una vez aceptado el premio, la Empresa o la agencia de viajes comunicará al ganador las opciones disponibles dentro del límite económico establecido.
SI el ganador solicita opciones, modificaciones o mejoras cuyo precio supere el límite de 500 €, deberá aceptar y abonar la diferencia correspondiente para que dichas modificaciones puedan ser contratadas.
Si el ganador:
Perderá su derecho al premio y la Empresa procederá a contactar con el primer suplente válido.
Si fuese necesario, este procedimiento se repetirá sucesivamente con los siguientes suplentes.
La Empresa podrá anunciar públicamente el resultado del sorteo a través de sus canales oficiales, utilizando únicamente los datos personales imprescindibles para identificar al ganador y evitando publicar su teléfono, DNI u otros datos personales innecesarios.
10. Protección de datos personales
El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados para participar en el sorteo será:
JPL PERLADO HOSTELERIA, S.L.
CIF: B26611988
Plaza Mayor, 15, Bajo - Plaza A, Local 20
03600 Elda (Alicante)
Los datos inicialmente facilitados por los participantes serán su nombre y número de teléfono.
Estos datos serán tratados exclusivamente para:
En el caso del ganador, podrán solicitarse posteriormente los datos identificativos y fiscales adicionales que sean necesarios para:
La participación en el sorteo no implica la autorización para utilizar el número de teléfono y otros datos facilitados con fines publicitarios o comerciales.
Por tanto, los datos recogidos mediante los tickets no serán incorporados a bases de datos comerciales ni utilizados para el envío de publicidad como consecuencia de la mera participación en el sorteo.
Los datos podrán ser comunicados a terceros únicamente cuando resulte necesario para gestionar el premio o cumplir una obligación legal, incluyendo, cuando proceda, la agencia de viajes encargada de gestionar el premio, compañías aéreas, establecimientos hoteleros, asesorías encargadas de la gestión administrativa y fiscal y Administraciones Públicas competentes.
Los tickets serán custodiados por la Empresa durante el desarrollo de la promoción adoptando medidas destinadas a evitar su pérdida, manipulación o acceso por personas autorizadas.
Los datos personales de los participantes que no resulten ganadores o suplentes serán eliminados o destruidos de forma segura una vez finalizada la promoción y transcurrido el periodo necesario para atender posibles reclamaciones.
Los datos del ganador se conservarán durante los plazos que resulten necesarios para atender las obligaciones fiscales, contables o, legales de la Empresa.
Los participantes podrán ejercer los derechos reconocidos por la normativa vigente en materia de protección de datos mediante solicitud dirigida a la Empresa organizadora en el domicilio anteriormente indicado.
Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos cuando consideren que el tratamiento de sus datos personales no se ajusta a la normativa vigente.
11. Custodia de los tickets
Las urnas y los tickets depositados permanecerán bajo la responsabilidad de la Empresa durante todo el periodo promocional
Se adoptarán medidas razonables para evitar el acceso no autorizado, la manipulación, pérdida o sustracción de participaciones.
Los participantes deberán incluir el ticket en la urna de manera que los datos personales incluidos en el mismo no queden expuestos públicamente.
La Empresa podrá retirar periódicamente los tickets de las urnas para almacenarlos en un lugar seguro hasta el momento del sorteo, sin que dicha retirada afecte a la validez de las participaciones.
Todos los tickets válidos recogidos en ambos establecimientos participarán en igualdad de condiciones en la extracción final.
12. Participaciones fraudulentas
La Empresa se reserva el derecho de excluir cualquier participación respecto de la que existan indicios razonables de:
13. Modificación, suspensión o cancelación
La Empresa se reserva el derecho de modificar, aplazar, suspender o cancelar la promoción cuando concurra una causa justificada, circunstancia de fuerza mayor o cualquier otra situación ajena a su voluntad que impida desarrollar el sorteo en las condiciones inicialmente previstas.
Cualquier modificación sustancial será comunicada a través de los mismos canales utilizados para promocionar el sorteo y respetará, en la medida de lo posible, los derechos adquiridos por los participantes hasta ese momento.
14.Responsabilidad relativa al viaje
La gestión y contratación del viaje se realizará a través de la agencia de viajes designada o contratada por la Empresa.
La Empresa no será responsable de aquellas circunstancias ajenas a su control que puedan afectar al viaje una vez contratado, incluyendo retrasos, cancelaciones, modificaciones de horarios, incidencias de compañías aéreas, establecimientos hoteleros u otros proveedores.
En caso de que alguno de los servicios contratados sea cancelado o modificado por el proveedor, se realizarán las gestiones razonablemente necesarias para buscar una alternativa dentro de las condiciones y del límite de 500 € asumido por la Empresa.
Cuando la alternativa elegida por el ganador, o cualquier modificación solicitada por este, suponga superar dicho límite, el importe adicional será asumido por el ganador.
La Empresa tampoco será responsable de la imposibilidad del ganador o de su acompañante para viajar por motivos personales, sanitarios, documentales o administrativos que les sean imputables.
15.Aceptación de las bases
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases legales.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas podrá suponer la exclusión del participante.
Las presentes bases estarán disponibles para su consulta durante todo el periodo promocional a través de los medios habilitados por GUSTTO NAPOLITANO.
16.Redes sociales
La promoción podrá ser comunicada, difundida o retransmitida a través de los perfiles oficiales de GUSTTO NAPOLITANO en redes sociales.
Instagram, Facebook, TikTok, Youtube y cualquier otra plataforma utilizada para comunicar la promoción no patrocinan, avalan, administran ni están asociadas con el presente sorteo.
La participación se realizará exclusivamente mediante la mecánica descrita en estas bases y no mediante las interacciones realizadas en dichas redes sociales.
17.Legislación aplicable
Las presentes bases legales se regirán por la legislación española y por la normativa de la Comunitat Valenciana que resulte aplicable a la promoción.
Cualquier controversia relacionada con la interpretación o ejecución de las presentes bases será resuelta conforme a la normativa vigente y ante los juzgados y tribunales que resulten competentes de acuerdo con la normativa aplicable en materia de consumidores y usuarios.